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Frustraciones constitucionales
 

La constitución de 1991 es quizás la más exitosa en la historia del país, la que más transformó la cultura política de la nación. Sin embargo, algunos de sus objetivos se frustraron. Basta pensar en el sueño de una política participativa, que derrotara al clientelismo y la corrupción, con partidos sólidos, transparentes, que reflejaran los deseos y decisiones de los ciudadanos. Las normas resultaron impotentes frente a una realidad social rígida, frente al poder de grupos locales de interés y la habilidad de viejos políticos.

Algo parecido ocurrió con las constituciones de Nueva Granada en los años de la independencia, cuando nuestro país fue tierra experimental del naciente liberalismo. Entre 1811 y 1821 las constituciones recogieron los principios liberales y trataron de crear un sistema político republicano, representativo y de origen popular. En ellas se incorporó la gran transformación del siglo XVIII: el reconocimiento de que el bien de los individuos en este mundo es el objetivo central del orden político y el abandono de la idea de origen religioso de que la sociedad debe buscar un bien común superior a los intereses de las personas. Por esto, todas comienzan con los derechos del individuo y del ciudadano: libertad, seguridad, propiedad, de los cuales se derivan los derechos políticos y electorales, la libertad de expresión y de conciencia, el debido proceso, la inviolabilidad de la correspondencia, del hogar y de la persona.

Sus redactores sabían que el orden social vigente, jerárquico, basado en la esclavitud, la explotación de los indígenas y la segregación entre las diferentes castas y grupos étnicos, era incompatible con una sociedad republicana basada en la igualdad ante la ley. Por ello dieron igualdad legal a indios, pardos, mestizos y mulatos y les prometieron la educación que los convertiría en ciudadanos. Después de algunas vacilaciones, los dirigentes de la independencia ordenaron el fin gradual de la esclavitud, mediante la liberación, con recursos públicos, de los esclavos existentes y la libertad de los hijos de los esclavos. Y suprimieron inmediatamente el tributo indígena: los indios eran los únicos sujetos a un impuesto personal, y terminaban pagando 2 o 3 veces más que el habitante promedio del reino. Y ordenaron, en la más discutible de sus decisiones, dar tierra en propiedad individual a los indios. Hasta entonces estos vivían en tierras de resguardo, otorgadas en forma precaria: entre 1750 y 1780, dizque porque los indios tenían mucha tierra, se habían liquidado la mayor parte de los resguardos del oriente de Colombia y se habían rematado entre los blancos. Los liberales, que no entendían a las comunidades indígenas, pensaron que al darles tierras en propiedad, saldrían de la inferioridad en que vivían, aunque para evitar que los engañaran les prohibieron venderlas antes de 20 años, cuando se hubieran formado como ciudadanos libres.

La reconquista acabó con los sueños de los que habían escrito estas normas y, después de 1821, los generales de la independencia y los propietarios criollos tomaron el lugar de los jóvenes abogados, muchos muertos en el patíbulo, que redactaron esas constituciones, y pronto las jerarquías legales que diferenciaban a las castas fueron reemplazadas por las distinciones económicas y sociales que garantizaron la sujeción de campesinos, indígenas y negros y que frenaron la formación de una democracia real, de ciudadanos independientes. Pero así como sería injusto decir que con sus normas lo que buscaban en realidad los constituyentes de 1991 era consolidar el clientelismo, no es razonable afirmar, como lo hacen ahora muchos historiadores, que lo que buscaban los dirigentes de la independencia al hablar de libertad e igualdad era engañar al pueblo para explotarlo mejor.

Jorge Orlando Melo
Publicado en Ámbito Jurídico, 1 de julio de 2011.

 

 

 

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