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Ilusiones y reformismo constitucional

 

En Colombia la constitución significa más que en otros países. En Estados Unidos, la constitución es breve y define ante todo las reglas de juego de la política, sin tratar de fijar los resultados de la cambiante voluntad popular. Por eso, y porque deja a la ley la solución de los problemas concretos que enfrente el país, no necesita reformarse con frecuencia.

En Colombia, la constitución es expresión de fe colectiva en la felicidad y la justicia: es el texto sagrado de la utopía social y de la quimera. Garantiza el derecho a la vida, por ejemplo, aunque las instituciones públicas no puedan hacerlo. Y al mismo tiempo muestra la desconfianza en lo que pueden hacer los políticos, al definir en forma casuista y detallada procedimientos, inhabilidades, porcentajes de presupuesto que van a las regiones, normas de jubilación.

La constitución de 1991 fue aprobada en medio del entusiasmo de un país que la veía como un nuevo tratado de paz, la fuente de sabiduría política que resolvería los problemas recurrentes de la corrupción política, la ineficacia de la justicia y la violencia. Y aunque sus  contribuciones al desarrollo político del país son innegables (sobre todo en términos de una cultura de derechos de los ciudadanos), casi nada de lo que se soñaba que iba a resolver se ha resuelto.

La insatisfacción con sus resultados lleva a seguir en lo mismo, confiando en que los problemas se resolverán cambiando normas constitucionales: en estos 18 años se han discutido centenares de proyectos de reforma en el Congreso y se han aprobado casi treinta, sin que se tenga la sensación de que sus resultados han sido muy positivos.

Las razones del fracaso reformista son diversas, pero hay dos claras. Una es procedimental: la constitución anterior hacía difícil improvisar reformas, pues obligaba a aprobarlas en legislaturas ordinarias de dos años distintos. Así, no era posible hacer reformas de urgencia o bajo el impulso de emociones públicas, y había al menos un año de plazo entre la aprobación inicial y la definitiva. Valía la pena hacer el esfuerzo para temas importantes, y no para frivolidades constitucionales como cambiar el nombre a Bogotá, dar favores administrativos a ciertas regiones del país o permitir que los empleados nombrados a dedo se queden en propiedad con sus cargos, para evitar que se cumpla el gran deseo, incorporado a la constitución desde 1958, de que se elija a los funcionarios públicos por concurso de méritos.

La otra es que las reformas han respondido al esfuerzo de manipular el sistema para dar ventaja a quienes están en el poder, mientras se aparenta dar gusto a la opinión, que quisiera que se acabaran las formas más evidentes de corrupción. Por eso, las reformas no son el resultado de un consenso sobre cambios necesarios en las reglas de juego político, sino del esfuerzo de grupos de interés por lograr que la constitución les de gusto, al mismo tiempo que reitera sus promesas a los ciudadanos.

El presidente quiere seguir en el poder, y ha hecho lo posible para lograr un referendo que lo permita, y para lograrlo probablemente se añadirá la idea, en favor de quienes hoy son alcaldes y gobernadores, de que estos también puedan ser reelegidos. Su apoyo organizado puede ser decisivo para lograr la aprobación de la reforma por parte de una opinión que probablemente preferiría que quienes manejan las cuerdas más gruesas del clientelismo no compitan en las elecciones.

La constitución de 1991 dio al presidente grandes poderes, porque su gobierno era breve: la reelección de los funcionarios, en un país con los hábitos de Colombia, refuerza del clientelismo y la tendencia a usar la capacidad de nombramiento y contratación de alcaldes y gobernadores como herramienta electoral. La mayoría de estas reformas desencuadernan y desarticulan la Carta, y nada hace pensar que la situación va a mejorar: en vez de desarrollarse para adaptarse a las necesidades sociales, se seguirá llenando de tumores y deformidades monstruosas, contrarios a su lógica y a su espíritu general, porque una constitución tan fácil de reformar la manosea y deforma todo el mundo.

Jorge Orlando Melo

Publicado en Ámbito Jurídico, julio 13 de 2009

 
 
 

 

 

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