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Poesía constitucional
 

La constitución de 1991 alteró a fondo el tratamiento de la diversidad étnica y cultural del país e invirtió la visión dominante, promovida por Miguel Antonio Caro, que trató de crear una nación identificando al país con su tradición blanca, hispánica y católica. La turbulenta historia del siglo XX, con sus conflictos–Quintín Lame, Sibundoy, el Cauca, tantos casos más - mostró que Colombia no podía reducirse a esa identidad forzada, apoyada en la tradición colonial de castas, en la que para ser colombiano había que adoptar la cultura de los blancos.

Habría sido una contradicción que quienes no hablaran español no pudieran conocer las normas que reconocían los derechos de los indios. Por eso el gobierno, entre 1991 y 1993, hizo traducir a varias lenguas los capítulos de mayor interés para las comunidades indígenas. Bajo la dirección del lingüista francés Jon Landaburu se intentó una locura: transformar el lenguaje abstracto, formalista y muy vinculado a la cultura europea de la constitución, en un texto comprensible en siete lenguas: wayuunaiki, kamentsa, cubeo, inga, nasa yuwe, guambiano e ikun. No existían en estos idiomas términos aceptados y claros para muchos conceptos incorporados en la Carta, y había que inventarlos. Para ello, decenas de investigadores, muchos de ellos de las comunidades mismas, trataron durante meses de crear un texto en su idioma que expresara lo que la Constitución decía, y lo consultaron y discutieron con sus comunidades. Así, no solo el sentido original de la constitución expresaba el consenso que le dio origen, sino que la misma redacción surgió de la discusión de cada comunidad.

El resultado, reunido en siete preciosos libros, es muchas veces de fantástica y conmovedora belleza. Muchos términos tuvieron que inventarse, por metáfora o analogía, y esto llevó a frases que están más cerca de la poesía de la vida que del derecho político. El lenguaje se apega con frecuencia a la vida diaria, y esto da concreción inesperada a fórmulas huecas y rutinarias.

Doy unos pocos ejemplos, tomados de distintas lenguas y con algunos ajustes en la redacción, simplemente como abrebocas, para invitar a los que interpretan la Carta a que traten de ver como la ven los otros, pues esto ayuda a aclarar el sentido de los textos, a descubrir cosas nuevas o a advertir limitaciones en las “hojas sabias” o en el “libro del árbol que alimenta la vida” como llaman la Constitución dos de esos pueblos.

El derecho es “andar el camino en armonía”, los jueces son los que “hacen bien en lo mal hecho” y “asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo” se traduce como “busquemos vivir sin desacuerdos y que a cada uno nos den lo que nos corresponde”. “Velar por la aplicación de las normas legales sobre usos del suelo y poblamiento de sus territorrios” se convierte en “Miraremos, como está escrito en el hijo de las hojas sabias, cómo sembrar, hacer casas y vivir allí” y “velar por la preservación de los recursos naturales” es “tenemos que guardar bien lo que necesitamos para que no se acabe pronto”. El mismo afán de expresión concreta se hace a veces prosaico, como cuando “en armonía con el plan de desarrollo” es “sin ponernos a pelear con el que nos da el dinero” y la “participación en las rentas” se expresa diciendo que los que mandan “tienen que dar dinero a los taitas que escogimos, para lo que más se necesite”.

“La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad” se traduce como se respetaran todas las formas de ser porque por medio de ellas se sabe de dónde venimos” o “en este territorio hay muchas personas con otra forma de pensamiento y de vida, y también esas personas son de la madre tierra”. Ojala pudiéramos todavía escribir con tanta cercanía a la madre tierra y ver la poesía de la constitución.

Jorge Orlando Melo
Publicado en Ámbito Jurídico, 3 de octu
bre de 2011.

 

 

 

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Ultima actualización noviembre 2020
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